Hace apenas tres horas, publicábamos la noticia de que una huelga secundada por parte de la Policía Local era la causante de los cambios en los horarios e itinerarios de varias hermandades durante la celebración de la Procesión Magna Mariana.
Al hilo de esta noticia, se ha recibido en la redacción de este medio por parte de las Secciones Sindicales Unión de Policías y Bomberos de Chiclana (UPLBA), así como CCOO, sindicatos con representación del Cuerpo de Policía Local, un comunicado en el que se aclara que la falta de efectivos no se debe a ninguna huelga, dado que legalmente el colectivo de la Policía Local no tiene derecho a ejercer dicho derecho, sino que se debe a una "nefasta y desastrosa organización y planificación de los servicios por parte de la Corporación Municipal, así como del Sr. Jefe de Policía, Juan Carlos Castro, los cuales son los únicos y exclusivos culpables de la situación actual, y que por ello no se garantice el normal discurrir de las procesiones por las calles de nuestra ciudad".
En el mismo comunicado, los representantes sindicales de los agentes de policía local aprovechan para advertir sobre la ilegalidad de realizar cortes en la circulación por parte de personas no reconocidas como Agentes de la Autoridad.
A continuación y a fin de zanjar cualquier tipo de polémicas con el colectivo de la Policía Local de nuestra ciudad, les transcribimos literalmente el comunicado recibido:
Realizamos el presente comunicado para aclarar ciertos términos respecto a nuestro colectivo, así como comunicados que se han divulgado recientemente.
La Policía Local, como funcionarios públicos y como miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, NO PODEMOS EJERCER DERECHO A HUELGA, como bien recoge el artículo 28 de la Constitución Española y en la Ley 13/2001, de 11 de diciembre, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, la cual dicta que "de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la condición de Policía Local implica el no poder ejercer el derecho de huelga, ni ninguna otra acción sustitutiva". Por ello queremos pedir que no existan comunicados erróneos o difamatorios sobre nuestro colectivo en este respecto.
Igualmente queremos aclarar que la falta de personal, así como la escasez de efectivos existente en nuestra ciudad y por ello la imposibilidad de realizar correctamente la cobertura la de Procesión Magna, no atiende a razones de ningún tipo fundamentadas o basadas en una huelga por parte de nuestro colectivo, sino en una nefasta y desastrosa organización y planificación de los servicios por parte de la Corporación Municipal, así como del Sr. Jefe de Policía, Juan Carlos Castro, los cuales son los únicos y exclusivos culpables de la situación actual, y que por ello no se garantice el normal discurrir de las procesiones por las calles de nuestra ciudad.
Aprovechamos la ocasión para informar que el realizar cortes de tráfico por personal sin carácter de Agente de la autoridad es una actividad penada en el actual Código Penal, ya que "el que ilegítimamente ejerciere actos propios de una autoridad o funcionario público atribuyéndose carácter oficial, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años." Gracias y un cordial saludo.
En Chiclana de la Frontera, a 12 de agosto de 2016.
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